CERTIFICADO ENERGÉTICO
Es un documento resultante de la certificación energética de un inmueble, que evalúa sus condiciones constructivas e instalaciones para otorgarle una calificación energética basada en su consumo de energía.
¿Qué es la Etiqueta de Eficiencia Energética?
Este certificado se resume en una etiqueta energética similar a la de electrodomésticos, con colores que van de «A» (bajo consumo) a «G» (alto consumo), clasificando los inmuebles.
¿Para qué sirve?
Proporciona información sobre el consumo energético y medidas recomendadas para reducir costos en luz, agua y gas, siendo útil para compradores y arrendatarios.
¿Cuándo es obligatorio?
Desde junio de 2013, es obligatorio en todos los contratos de compra o alquiler, excepto en edificios de nueva construcción desde 2007.
¿Qué inmuebles deben certificarse?
Todos aquellos que se pongan en venta o alquiler sin un certificado vigente.
¿Dónde se muestra el certificado?
Debe estar presente en la oferta y promoción del inmueble, entregarse al comprador en ventas, o adjuntarse al contrato de alquiler.
¿Cuánto tiempo es válido?
Tiene una validez de 10 años, y es responsabilidad del propietario renovarlo.
¿Quién lo exige?
El Real Decreto para la Certificación Energética de Edificios Existentes, cumpliendo con la Directiva Europea de Eficiencia Energética.
¿Puede obtenerse después de vender o alquilar?
No, debe estar disponible antes de formalizar la operación.
¿Puede publicitarse sin el certificado?
No, la etiqueta energética debe acompañar cualquier publicidad.
¿Es obligatorio para todos los edificios?
Excepciones incluyen edificios protegidos, lugares de culto, construcciones temporales, edificios industriales, unidades menores a 50 m², propiedades destinadas a reformas mayores o demolición, y viviendas utilizadas menos de 4 meses al año con bajo consumo.
¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento?
Infracción en defensa de consumidores y sanciones según la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
¿Cómo se controla el cumplimiento?
A través de inspecciones y sanciones por la Administración autonómica competente y posibles reclamaciones de compradores o inquilinos.